Mery Bóveda

ABOGADO

Especialista en Derecho Tributario




Caracas, Venezuela

Teléfonos y Fax: (++ 58-212) 286-5090, 283-2752

E-mail: mboveda@boveda.com

 


Buenos días. Quiero dar la más cordial bienvenida al Consejo Directivo de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario, a los Relatores, Ponentes, invitados, asistentes, amigos todos.


Es un honor para mí dirigirme a ustedes como Coordinadora del Comité Organizador, en ocasión de la celebración de las VII Jornadas Venezolanas de Derecho Tributario.


Son ya siete las Jornadas organizadas por la Asociación Venezolana de Derecho Tributario, lo que refleja la clara voluntad de nuestra Asociación de seguir fomentando el estudio y desarrollo del derecho tributario, en cumplimiento de sus objetivos estatutarios. Una vez más asumimos el reto y nos enorgullece el interés despertado, demostrado por la asistencia masiva de todos ustedes.


No hay duda que las Jornadas Venezolanas de Derecho Tributario constituyen las reuniones científicas de mayor importancia en el área del derecho tributario que se celebran en Venezuela. En ellas se discuten temas de especial relevancia en este área, discusiones que están abiertas a todos los criterios y enfoques jurídicos, y se aprueban recomendaciones, donde se fija la posición de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario sobre los temas objeto de discusión.


Los temas sometidos a la consideración de estas Jornadas son El Proceso Contencioso Tributario (Tema I) y Las facultades de la Administración y los derechos y garantías de los contribuyentes (Tema II), temas de especial importancia en los actuales momentos. Contamos con un total de trece ponencias, correspondiendo seis al Tema I y siete al Tema II.


Queremos destacar que en estas Jornadas hemos logrado la participación como ponentes de abogados en el libre ejercicio, de un juez contencioso tributario y de dos funcionarios de la Administración Tributaria Nacional. Todos ello presentan sus trabajos a título personal, simplemente como profesionales estudiosos y preocupados, que aportan su trabajo para lograr un mejor sistema tributario. No hay duda que el distinto enfoque de estos profesionales enriquece la discusión y el intercambio de ideas.


Los temas escogidos para estas Jornadas se refieren básicamente a problemas de derechos y garantías de los particulares frente a las facultades de la Administración Tributaria, tanto en sede administrativa como en sede jurisdiccional y reflejan fundamentalmente la preocupación por el desequilibrio que se puede presentar, y se presenta, en la relación jurídico-tributaria, debido fundamentalmente a ese desequilibrio que, por una parte, introdujo el Código Orgánico Tributario de 2001 (COT) y que, por otra parte, la Administración Tributaria está llevando a su extremo por la aplicación que está haciendo del mismo.


Encontramos que ciertos principios constitucionales, especialmente los consagrados en el artículo 49 de la Constitución han sido vulnerados tanto por algunas disposiciones del Código Orgánico Tributario, como por la interpretación que del mismo hace la Administración Tributaria.


Así nos preguntamos:


- ¿Podemos considerar que se ha respetado la garantía del debido proceso en las actuaciones judiciales administrativas, el derecho a ser oído con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, cuando se cierran locales comerciales sin siquiera darle al contribuyente un plazo prudencial para presentar la documentación y probar el cumplimiento de obligaciones tributarias?,

especialmente cuando ello en muchos casos ocurre, no sé si por casualidad, los días viernes en la tarde, cuando ya la mayoría de los tribunales contencioso-tributarios están cerrados o existe dificultad para encontrar un juez, y en algunos casos, esos viernes son previos a un puente.


- ¿Podemos considerar que se ha respetado la presunción de inocencia de una persona cuando se le imponen sanciones, como el cierre del local, cuando tampoco le han dado oportunidad de presentar la documentación requerida?


En este sentido ya han habido sentencias que declaran que la Administración Tributaria debe, antes de imponer sanciones, observar las garantías mínimas de un procedimiento: apertura, pruebas y decisión, para luego aplicar las sanciones pertinentes. Me refiero especialmente a la reciente sentencia del Tribunal Superior Noveno del Área Metropolitana de Caracas, de 17 de septiembre de 2004.


Pero,

¿han sido estas sentencias oportunas? o

¿fueron dictadas cuando ya se habían vulnerado los derechos?

¿Ha cesado la Administración Tributaria en esta actuación inconstitucional existiendo ya sentencias contrarias a este proceder?

La respuesta es NO.


Por otro lado, ¿podemos considerar que se están respetando el principio de capacidad contributiva y el principio de igualdad en las cargas públicas cuando:

  1. -no se permite al contribuyente del ISLR a deducir gastos si no ha efectuado la retención?

  2. -cuando los contribuyentes especiales del IVA deben efectuar retenciones en la fuente?

  3. -o cuando se pierde el derecho a una exoneración por el simple incumplimiento de un deber formal?


Esto, aunado a las amenazas al principio de legalidad que tan brillantemente expuso el Dr. Ruan anoche en su discurso, y a la debilidad de nuestras instituciones, nos hace temer por el Estado de derecho, también en el área tributaria.


No hay duda que la evasión fiscal debe atacarse.


No hay duda tampoco que es necesario dotar de herramientas a la Administración Tributaria para el cumplimiento de sus objetivos,

pero estas herramientas y sus límites deben estar fijados por la ley,

respetando las garantías constitucionales;

y los tribunales deben garantizar de una manera efectiva el disfrute de los derechos y garantías constitucionales mediante interpretaciones que respeten dichos derechos y garantías en sentencias dictadas con la premura del caso.


Ahora bien, la lucha contra la evasión fiscal pasa también por la elaboración de leyes tributarias claras, seguras, sencillas y ponderadas, que impidan, en lo posible, la confrontación entre Administración y contribuyentes.


El otorgamiento de facultades discrecionales,

así como las competencias y facultades de la Administración tributaria tan ampliamente concebidas en el Código Orgánico Tributario de 2001,

ocasionan que la relación jurídico-tributaria se convierta más en una relación de poder que en una relación de derecho.

Y ya hace mucho tiempo que Montesquieu dijo que "la experiencia demuestra que todo titular de un poder tiende a abusar de ese poder".


En nuestra opinión, el objetivo de la Administración Tributaria debe ser garantizar el cumplimiento del mayor número de deudas tributarias con los medios disponibles. Para ello el legislador debe otorgar a las autoridades financieras los instrumentos procedimentales que permitan una comprobación eficiente.


La mayoría de los ciudadanos se comportan con respeto a la ley, aunque carezcan de conocimientos legales, si las leyes son claras y el ciudadano está acostumbrado a su cumplimiento.

Ahora bien, si las leyes no reflejan un modelo ético y son objeto de cambios continuos,

si el contenido de la ley da la impresión de responder más a caprichos legislativos que a mejorar la organización social,

si no se extraen de la ley valores que guarden correspondencia con los principios que consagra,

entonces,

no se puede desarrollar una conciencia jurídica que quiera respetar el estado de derecho.


Como vemos, son muchos los aspectos a mejorar en nuestro sistema tributario, pero no me corresponde a mí, aquí y ahora, referirme a todos ellos. Ya los ponentes nos ilustrarán mejor sobre ciertos aspectos concretos.


En estas, como en anteriores Jornadas, pretendemos considerar, discutir y aprobar recomendaciones donde la AVDT va a fijar posición sobre los temas objeto de discusión.


Con la intención de hacerlas más dinámicas, en estas Jornadas hemos introducido algunos cambios con respecto a las anteriores ediciones.


En primer lugar, hemos incluido unos talleres en temas que consideramos de especial actualidad: aduanas y cumplimiento de deberes formales en el ISLR y el IVA, que se desarrollarán simultáneamente con las discusiones de las Comisiones de Trabajo, las tardes del jueves y viernes. Son talleres eminentemente prácticos destinados fundamentalmente a los no miembros de la Asociación.


También hemos hecho algunos cambios al Reglamento de las Jornadas, a los que voy a referirme para explicar cómo hemos previsto el desarrollo de las Jornadas.


Tal como tendrán oportunidad de leer en el Reglamento, las Sesiones de Trabajo comprenden las Sesiones Científicas, las Comisiones de Trabajo y la Sesión Plenaria.


Las Sesiones Científicas de cada tema se desarrollarán en las mañanas. Las sesiones científicas comienzan con el Informe del Relator del tema, quien destacará los aspectos controvertidos de las ponencias o que merezcan especial atención, y nos ilustrará con sus aportes sobre estos temas, todo ello para guiar y facilitar la discusión que se efectuará en la tarde. Luego, cada Ponente tendrá 20 minutos para presentar su Ponencia, donde va a fundamentar las recomendaciones que somete a votación.


Vamos a ser estrictos en el cumplimiento del horario. Consideramos que 20 minutos son suficientes para fundamentar las recomendaciones que se proponen. Partimos del supuesto que el público es un auditorio calificado que conoce la materia.


Finalizadas las presentaciones de los ponentes, en la tarde tendrán lugar las Comisiones de Trabajo, destinadas fundamental, pero no exclusivamente, a miembros de la AVDT, donde se discutirán y someterán a votación las recomendaciones presentadas por los ponentes.


Todos los asistentes inscritos tienen derecho a participar y opinar en las Comisiones de Trabajo. El derecho a voto es lo único que está reservado a los miembros de la AVDT.


En las Comisiones de Trabajo también hemos efectuado algunos cambios en el Reglamento para hacer más ágiles las intervenciones de los asistentes. Será requisito para participar en dichas Comisiones inscribirse previamente y entregar el texto escrito donde se propongan las modificaciones a las recomendaciones presentadas por el ponente. Dentro del material entregado a los asistentes encontrarán las recomendaciones propuestas por los ponentes, para facilitar el seguimiento de la discusión. El Relator del tema respectivo será el Presidente de la Mesa de Relatoría y se encargará también de dirigir el debate.


En estas Jornadas, también por primera vez, hicimos un esfuerzo para que los miembros de la AVDT pudieran revisar con anticipación las recomendaciones presentadas y preparar debidamente su intervención.


Por ello la semana pasada enviamos a los miembros de la AVDT, para su consideración y estudio previo a la instalación de las Jornadas, el texto de las recomendaciones de los ponentes que serán sometidas a votación. Así los miembros de la AVDT tuvieron la posibilidad de preparar su intervención para apoyar, modificar o rechazar las recomendaciones propuestas. Queremos contar con la participación activa de la mayor cantidad de miembros de la AVDT, para que las recomendaciones aprobadas en las Jornadas reflejen lo más adecuadamente posible el pensamiento de los miembros de la AVDT sobre los temas presentados a discusión.


Para que las recomendaciones sean aprobadas deben obtener el voto favorable de las 2/3 partes de los inscritos con derecho a voto que integren la Comisión de Trabajo. Si la recomendación no obtiene el número de votos necesario para su aprobación, el Relator podrá presentar un informe a la Sesión Plenaria para aquellas recomendaciones que obtengan más de 1/3 de los votos.


En la Sesión Plenaria, que se efectuará el sábado en la mañana, se presentarán las conclusiones que hubiesen sido adoptadas.


Explicado el funcionamiento de las Jornadas, no me queda más que agradecer a mis compañeros del Comité Organizador, Dres. María Cristina Jiménez, María Gabriela Bacalao, Juan Cristóbal Carmona, Lic. Francis Jara y Vilma Gutiérrez, quienes han puesto todo su esfuerzo y han trabajado con mucho afán y mística para llevar a buen término estas Jornadas, así como a todos los miembros del Consejo Directivo, quienes también nos brindaron todo su apoyo para lograr la realización de estas Jornadas.


En nombre del Comité Organizador queremos agradecer muy especialmente a los Patrocinantes: Escritorio Araque Reyna Sosa Viso & Pittier, Escritorio Torres Plaz & Araujo, el periódico Tal cual, y a los Colaboradores: Centro de Estudiantes de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello y el Escritorio Salaverría Ramos & Asociados.


Finalmente, agradecemos el trabajo de los Relatores, de los Ponentes y la asistencia de todos ustedes, sin cuyo apoyo y participación activa no podríamos lograr el éxito deseado.


Sin más, los dejo para iniciar las Sesiones.


Muchas gracias por su atención.

PALABRAS DE APERTURA PRONUNCIADAS COMO

COORDINADORA GENERAL DEL

COMITÉ ORGANIZADOR DE LAS

VII JORNADAS VENEZOLANAS DE DERECHO TRIBUTARIO,

EL 25 DE NOVIEMBRE DE 2004